(20 de agosto del 2024. El Venezolano).- En un comunicado suscrito por los integrantes del Capítulo de España del Bloque Constitucional de Venezuela, integrado por destacados abogados, analizan el procedimiento seguido por la Sala Electoral al recibir el recurso contencioso del candidato gobernante, “usurpando las funciones” que corresponden al CNE
Los destacados juristas advierten que “La Sala Electoral del Tribunal Supremo (TSJ) de Venezuela carece de atribuciones legales para investigar y verificar los resultados de las elecciones del 28J, por lo que sus magistrados, dado su falta de independencia e imparcialidad”, por lo antes dicho los calificados constitucionalistas indican que “deben inhibirse de conocer el “inventado e inexistente” recurso solicitado por Nicolás Maduro, pidió un grupo de juristas establecidos en España”.
El Dr. Carlos Sarmiento señala que “de no abstenerse, urgen que se desestime el recurso y exhortan a organismos internacionales, a la justicia internacional y países democráticos que exijan la auditoría imparcial de los resultados que, sin reflejar las actas de los votos obtenidos, declararon como ganador de Maduro, desconociendo la ley”.
Los destacados juristas indican que el caso de la magistrada Caryslia Beatriz Rodríguez, presidenta de la Sala, es patético, esa supuesta magistrada es una activista furibunda del PSUV, la agrupación fundada por Hugo Chávez y fue también quien “jugó un papel crucial” en el fallo que anuló las elecciones primarias de la oposición el 22 de octubre de 2023, en la cuales participaron más de 3 millones de electores, tras alegar la comisión de delitos electorales.
La declaración ocurre cinco días después de que la Sala Electoral, en un fallo, informó que realiza el peritaje y que en un “tiempo perentorio” que la mismo ente decidió “emitirá sentencia definitiva sobre el recurso”.
QUE SE VENTILA TRATA EN LA SALA ELECTORAL
En el comunicado, los juristas consideran que la Sala Penal puede conocer las demandas electorales contra actos, actuaciones y omisiones del CNE, pero en este caso usurpó las facultades de organización, administración, dirección y vigilancia de los actos relativos a la elección.
Indica además que el CNE consigno ante la Sala Electoral un material que supuestamente contiene las actas de escrutinio, totalización, adjudicación y proclamación de las elecciones “sin estar avaladas o autenticadas por la representación de los candidatos a la Presidencia de la Republica”.
“Tal usurpación de facultades por parte de la Sala Electoral es ineficaz y sus actos son nulos, como dispone el articulo 138 de la Constitución, desconociendo que, conforme al artículo 139 constitucional “el ejercicio del Poder Público acarrea responsabilidad individual por abuso o desviación de poder o por violación de esta Constitución o de la ley”.
Señala también que “es público y notorio que el Estado de Derecho ha desaparecido en Venezuela” y que los magistrados del TSJ y específicamente de la Sala Electoral, “son afines a la tendencia política del candidato Maduro y, por tanto, no son independientes ni imparciales en el ejercicio de sus funciones”.