(26 de noviembre del 2019. El Venezolano).- En fecha 21 de marzo de 2018 estando Isabel Rangel Barón (IRB), en tránsito para partir hacia España, en el área de embarque del Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini, conocido como Aeropuerto Internacional de Ezeiza, que sirve a la ciudad de Buenos Aires, Argentina, mediante procedimiento rutinario declaró de manera verbal y espontánea su intención de sacar del país la suma de ochenta y nueve mil ochocientos quince euros (€ 89.815,00) producto de una de una actividad lícita de comercio constituida por la venta de un inmueble.
En virtud de la declaración proporcionada por IRB, las autoridades aeroportuarias argentinas procedieron a la contabilización de las divisas extranjeras, iniciándose así un proceso rutinario de carácter administrativo el cual fue debidamente informado al Banco Central de la República Argentina, todo ello en virtud de una “presunción de infracción administrativa” a la normativa cambiaria, siendo las divisas remitidas preventiva y provisionalmente al referido Banco Central en carácter de “custodia o depósito”.
Seguidamente, IRB fue notificada y se procedió a la apertura de un proceso administrativo y rutinario de correspondientes a la verificación del origen de los fondos, lo cual fue debidamente constatado a través de las correspondientes averiguaciones realizadas por ante la Secretaría especial de Asuntos Aeroportuarios.
Resulta oportuno indicar que IRB nunca estuvo detenida por las autoridades policiales, judiciales o aeroportuarias de la República Argentina, tal como maliciosa y malintencionadamente se ha pretendido especular, con fines inconfesables, sino por el contrario, únicamente le fueron “provisionalmente” retenidas las divisas declaradas; mientras el caso era pasado al Banco Central, todo ello a los fines de determinar la presunta infracción cambiaria y la correspondiente multa por omitir “ involuntariamente “ la previa “Declaración de Egresos de Divisas” de la República de Argentina.
De todo lo cual, visto que IRB no realizó conducta delictual alguna que pudiese penalmente ser catalogada como delito, y aunado a que no registra antecedentes penales a nivel internacional, sino por el contrario, en virtud de que este es un procedimiento de naturaleza estrictamente administrativa, el 24 de abril de 2018 se dejan sin efecto dichas medidas y actualmente el caso está en trámite y sustanciación ante el Banco Central de la República de Argentina, dado que a lo sumo podría eventualmente conllevar a la imposición de una multa o sanción pecuniaria (DE CARACTER ESTRICTAMENTE ADMINISTRATIVA), toda vez que el dinero retenido no estuvo -ni está- involucrado en ningún acto ilícito .
En consecuencia, IRB no tiene ni ha tenido responsabilidad penal de ningún tipo ni ha estado detenida o incursa en ningún tipo de delito o conducta ilícita penal.
Con información de Nota de Prensa