(09 de febrero del 2023. El Venezolano).- El salario, problemática puntual en este momento preciso de crisis socioeconómica en nuestro país, motivo de diversas movilizaciones pacíficas recientes lideradas, básicamente, por el magisterio, ante la mirada bloqueada del gobierno, además de su actitud impasible hacia las exigencias y/o necesidades de los venezolanos y que también lo hace la oposición venezolana, han sesgado el concepto de esta problemática macroeconómica como derecho constitucional consagrado en la CRBV (artículo 91), y en la LOT (artículos 104 y 129), además de Las convenciones internacionales establecidas por la OIT.
Por Isaías Márquez
Nuestro problema económico tiene fundamentalmente, un origen político. Pero, como no hay firmeza para resolverlo, entonces queda de parte de cada quien (re)buscar opciones para salir adelante (sobrevivir), laborando hasta dos jornadas de trabajo y apelando por la informalidad en un mercado especulativo y dolarizado de facto.
Por La problemática socioeconómica y sociopolítica que les agobia, se hace necesaria la elaboración de una agenda o programa mediante la presión social y un diálogo de consenso con miras a que los sectores políticos reaccionen y pisen tierra firme, pues el país se halla inerte a la espera de acciones decisivas. Y, es así como los trabajadores venezolanos tienen que apremiar mediante acciones de calle (algunas bloqueadas) que adelantan algunos sectores gremiales, a objeto de que los políticos y autoridades se apresten a negociar acuerdos y procuren estrategias que solventen el caos socioeconómico a escala territorial ya que se trata de un problema político en su esencia, el cual debe atenderse a priori con la objetividad y juicio que el caso amerita, en función de una calidad de vida honrosa.
En efecto, la CTV propone la solución magistral de una ley salarial de emergencia, que considere una actualización trimestralmente, lo cual implica un parcheo, más no una solución radical porque para lograr esta condición se necesota una productividad nacional óptima. De llevarse a efecto tal adefesio jurídico, solo conllevaría hiperinflación por emisión de dinero inorgánico (burbuja) a objeto de paliar el déficit fiscal o financiación cosmética del mismo, ante una tasa acumulada de aquella, equivalente a un 500 por ciento.