(29 de diciembre del 2021. El Venezolano).- La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) legítimo realizó una sesión vía online para notificar formalmente a Juan Guaidó la sentencia dictada por la Sala Electoral que ratifica y ordena su deber de ejercer todas las atribuciones y obligaciones de la Presidencia Encargada de Venezuela y de la Asamblea Nacional, en concordancia del artículo 233 de la Constitución.
El presidente TSJ, Antonio Marval, dejó claro que mientras que no haya elecciones presidenciales y parlamentarias auténticas, libres, verificables, arbitradas por un CNE legítimamente designado, “Juan Guaidó seguirá siendo el Presidente Encargado de la República Bolivariana de Venezuela y los diputados electos el 6 de diciembre del año 2015, siguen siendo representantes valido en el órgano legislativo venezolano”.
Sostuvo que la referida decisión fue tomada por la Sala Electoral y posteriormente, aprobada por unanimidad por la plenaria integrada por los Magistrados del órgano judicial que “ordena mantener a Juan Guaidó frente al Gobierno Interino y la plena vigencia de la Asamblea Nacional electa en el año 2015, que profundiza el mandato de hacer cumplir las obligaciones de presentación de Memoria y Cuenta como lo establece la Carta Magna. Además, se cumple el principio de separación de poderes, un equilibrio necesario para evitar una tiranía”.
Marval aseguró que la Constitución y las leyes han sido “la brújula de todas nuestras actuaciones y decisiones que están enmarcadas precisamente en instaurar el Estado de Derecho en Venezuela”.
Sentencia
El Magistrado Alvaro Marín vicepresidente de la Comisión de la Sala Electoral del TSJ, leyó la notificación de la decisión por la referida Sala contenido por el expediente N° SE- 2021-0003 que dictó que de conformidad 226 de la Constitución el Presidente de la República es el Jefe de Estado y del Gobierno que lo ejerce a través de su vicepresidente Ejecutivo y de los ministros designados por estos, distante del sistema parlamentario que viola el principio constitucional de separación e incorrecta interpretación del artículo 233.
Instan al presidente de la Asamblea Nacional separarse de sus atribuciones como parlamentarias y asumir la presidencia encargada de la República hasta la Juramentación y posesión del Presidente constitucional de la República, que sería a través de elecciones libres y justas por voto universal, directo y secreto.
Los magistrados exigen la continuidad administrativa de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional electa en el período 2019-2020, hasta tanto la referida instancia en sesión plena decida lo conducente en los términos que se refiere al artículo 194 de la Constitución y el Reglamento de Interior y Debates de la AN.
De igual manera, reiteran que debe mantenerse la continuidad constitucional de la Asamblea Nacional electa en el año 2015, hasta que sean celebradas unas elecciones auténticas en plena garantía al derecho sufragio consagrado en el artículo 63 de la Constitución.
En la sesión especial estuvo presente el presidente (E) y de la Asamblea Nacional Juan Guaidó quien agradeció la celebración de la reunión del Poder Judicial que está apegada a la Constitución la cual la calificó de “especial” pues se realiza en tiempos de dictadura, y aplaudió la labor de los Magistrados, en aras de la defensa de la República.
El Jefe de Estado enfatizó que la continuidad del Parlamento y del Gobierno Encargado es constitucional y afirmó que pidió iniciar una consulta pública a las facultades jurídicas venezolanas para discutir sobre el proyecto de reforma del Estatuto de Transición, con el fin de hacer las modificaciones pertinentes que permita fortalecer y ajustar la Ley. Relevó que dicho documento fue remitido al TSJ legítimo para que evalúe y emita opiniones al respecto.