(05 de enero del 2022. El Venezolano).- Destacados juristas se han referido al valor y fundamento de la continuidad del Gobierno Encargado [G.E.], desde la perspectiva constitucional. Basta revisar el preámbulo de nuestra constitución y su hermenéutica normativa. Diversidad y multiculturalidad, independencia y democracia en armonía con los artículos 1 [libertad, igualdad justicia y paz] 2 [preeminencia de los DDHH], 3 y 43 [valor superior de la vida], 5 [la soberanía reside en el pueblo] ,7 [la constitución como orden jurídico supremo], 19 [ garantía de la progresividad de los DDHH], 25 [nulidad de actos que menoscaben la constitución], 39 [titularidad de Derechos Políticos], 62, 63, 66 [participación en asuntos públicos, derecho al sufragio, a elegir y a rendir cuentas]; 99 [el valor de la cultura como bien irrenunciable], 132 [deber de participar en la vida política]; 138 [Toda autoridad usurpada es ineficaz y sus actos son nulos], 139 [El ejercicio del Poder Público acarrea responsabilidad individual por abuso o desviación de poder o por violación de esta Constitución o de la ley], 187.4 (autorizar [AN] la participación ciudadana en asuntos de su competencia); 233 [ausencia absoluta del PDR]; 236 [atribuciones del PDR]; 299 [sistema económico de Venezuela basado en el desarrollo humano, en una vida digna y provechosa para la colectividad]; 333 y siguientes [deber ciudadano de proteger la constitución] 350 [“El pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos”].
Escrito por: Orlando Viera – Blanco
Son estos postulados republicanos los que inspiraron la promulgación del Estatuto para la Transición Política [primera versión 2019], pacto constitucional de gobernanza temporal para restituir la democracia, la defensa de los DDHH, llenar el vacío de poder provocado por las elecciones írritas y fraudulentas 2018; habilitar los recursos para aliviar la crisis humanitaria compleja a la par de visibilizar en el mundo, nuestra crisis institucional y la búsqueda de soluciones pacíficas.
Para lograr elecciones libres y justas se han trabajado dos vías: la mediación internacional y la permanencia del gobierno encargado. Estrados con un valor estratégico, político, constitucional y diplomático inseparables. Oslo-capital mundial de la diplomacia de paz y reconciliación-gestionó un memorándum de entendimiento entre la oposición venezolana y el régimen para facilitar la transición hacia la democracia, que es la misión central del G.E.
Noruega es un mediador de retina muy singular y eficaz. Ha asistido a decenas de procesos de paz en las últimas tres décadas en Asia, América Latina, África y Medio Oriente; Cuba, Colombia, Guatemala, Israel, Palestina, Afganistán, Myanmar, Nepal, Filipinas, Somalia y Sri Lanka. También ha proporcionado apoyo financiero y técnico en procesos de paz en Aceh, Indonesia; Burindí, República Democrática del Congo, Troika africana; Kenia, Siria, Uganda. Ha participado en diálogos en países como Haití, República Dominicana y Timor Oriental. El común denominador de su intervención: reconocimiento de partes, y reconocimiento de un conflicto. Reconocimiento que va en línea con la CBV y el estatuto de la transición, que es la búsqueda de un objetivo como solución: elecciones presidenciales libres, justas y creíbles.
Desarrollo y trabajo por la paz
El Estatuto de la Transición da contenido operativo, funcional, orgánico, recursos y marco institucional al Gobierno Encargado, a partir de una situación extraordinaria, como lo es el quiebre del orden constitucional. El Estatuto no condiciona la existencia del G.E., sino que desarrolla un mandato republicano, ciudadano, político, administrativo y tutelar de la CBV para cubrir un vacío de abandono de cargo previsto en el 233-C. Oslo cabalga sobre esa circunstancia y misión constitucional. Celebrar acuerdos seguros y confiables que conduzcan el desarrollo y el trabajo por la paz, a través del retorno a la vida normal que es la vida republicana.
La continuidad del Gobierno Encargado involucra actores internos y externos, esfuerzos superiores de mediación por la estabilidad de nuestro pueblo que es reivindicar y defender los derechos universales consagrados en nuestra constitución y tratados internacionales. La AN legítima [electa en 2015] tiene el compromiso histórico de organizar la participación ciudadana [187.4-C], hacer respetar y reivindicar la vida política del país [132-C], rescatar la vigencia de la Carta Magna, orden jurídico superior de la república [7-C], creando los fundamentos de control, impulso y organización para restaurar nuestra cultura e identidad grupal [Preámbulo y 99-C] más nuestro sistema de libertades [333-C] y derecho a elegir [62-C], al tiempo de desconocer la tiranía [350-C], velar por la vida, los DDHH, nuestra soberanía e integridad nacional [43,19 y 5-C].
El estatuto de la transición es un estatuto de paz. Un tratado de reconciliación. Un instrumento de facilitación y entendimiento mediante el cual nuestra AN legítima [2015] pacta un acuerdo de gobernanza entre el Presidente Encargado, partidos políticos, grupos de interés, mediadores, aliados y los venezolanos, para trabajar la superación del conflicto. Ese trabajo es atender la crisis humanitaria, la diáspora, la justicia; garantizar el regreso en paz de los venezolanos a nuestro país, tutelar los DDHH, civiles y políticos, y habilitar el sendero por la reconstrucción de la nación.
En definitiva el estatuto de la transición democrática no es causa sino consecuencia, no condiciona existencia sino garantiza vigencia constitucional. En esencia no crea atribuciones sino refuerza las previstas en la constitución, habilitando el resguardo de nuestros activos, el servicio exterior y ejecutivo para cumplir una misión restauradora, convivencial, conciliadora; asegurar la paz, la participación de todos, y el regreso a casa.
Oslo nace sobre la base de ese reconocimiento y esa misión. La continuidad del G.E es la continuidad de las negociaciones. El reconocimiento que le dio Oslo a la plataforma de contrapeso y balance político, diplomático, funcional y constitucional decretado por el legislador bajo mandato del 233-C [et all], en búsqueda de .la vida y la libertad Ese mandato cesará cuando tengamos una solución política, mediante elecciones presidenciales y retorno de la vida republicana.