(12 de julio del 2021. El Venezolano).- La Corte de Apelaciones de Barlavento (TRB) aún no ha ordenado la liberación de Alex Saab, el diplomático venezolano encarcelado en Cabo Verde desde hace más de un año como parte de un proceso de extradición a Estados Unidos, después de que hayan expirado todos los plazos de prevención y domiciliación establecidos para cada fase del proceso, y de que haya expirado el tiempo del que disponía el Tribunal Constitucional para pronunciarse sobre el recurso presentado por la defensa.
El vencimiento de estos plazos fue el 1 de julio y los abogados del Enviado Especial venezolano entregaron ese día al TRB una petición solicitando su liberación inmediata, pero el tribunal, no sólo no cumplió con lo que las leyes caboverdianas determinan, sino que ni siquiera respondió a la solicitud de los abogados, ignorando el plazo de 5 días que tenía para hacerlo.
Así lo entiende la defensa de Alex Saab, que en una nueva solicitud entregada el pasado viernes al TRB, recuerda que «las medidas de coacción, incluida la obligación de permanecer en casa y la prohibición de contactos con determinadas personas, aplicadas al solicitante, cesan automáticamente tras la expiración del plazo máximo en el TC para la decisión, según lo dispuesto en los artículos 279.1 y 314.1 del Código de Procedimiento Penal”.
«Hoy en día, no hay ninguna razón para mantener la detención del solicitante bajo arresto domiciliario, habiéndose agotado todas las líneas de cada fase del procedimiento, así como el plazo máximo para la duración del proceso de extradición. De hecho, el solicitante ha estado detenido durante más de 12 meses sin ningún cambio objetivo en las condiciones de detención», señalan los abogados de Saab en el documento.
También recuerdan que Alex Saab «está efectivamente privado de su libertad y no puede salir del lugar donde se encuentra bajo arresto domiciliario» y que «es vigilado las 24 horas del día por agentes de la Policía Nacional y elementos de las fuerzas militares», por lo que «solicitan al TRB que ordene la puesta en libertad del solicitante, ya que se han excedido todos los plazos máximos previstos por la ley», de acuerdo con la Ley de Cooperación Judicial y el Código de Procedimiento Penal.