Muchos creyeron que Chávez murió el 5 de marzo del 2013. Siempre hay dolor cuando algo muere: Un ser, un sistema. La rabia aparece cuando estamos en el final de un proceso.
Quizá en Venezuela estamos en presencia de eso. La historia nos dice que los hombres mueren cuando sus ideas, su historia, se derrumba. Cuando sus pensamientos desaparecen.
Hay toda una carrera del chavismo, un despliegue operativo y político en torno a lo que representa María Corina Machado. No ella en particular, sino lo que representa.
El drama
Inscribirse para una candidatura, es un evento potencial futuro que aún no se ha materializado. Las elecciones, teóricamente serán en diciembre del 2024. Aún no hay fecha, ni cronograma ni anuncios de ningún tipo.
El avance de María Corina como símbolo opositor aumenta y el desprestigio, hastío contra el gobierno de Maduro “and company”, también. La insatisfacción supera el 90%. Es fácil entender porqué los estudios de opinión no lo reflejan.
Es que hasta los chavistas están “obstinados”, por decir lo menos. Tanto es así, que si hacen un referendo de gestión dentro de Miraflores lo pierden. Los pasillos oficiales se han llenado de largos, interminables susurros.
Y fíjense, yo no creo que eso sea suficiente para ganarles. Los gobiernos de este estilo, no compiten por ser “populares o queridos”. Los mueve es el ejercicio del poder, prefieren que les teman y no que los quieran.
Su placer no es discutir, no es la dialéctica, sino imponer sus criterios.
Para el momento de hacer esta columna, no se había realizado la reunión de los delegados sobre el TSJ, que debió ser ayer..
De lo jurídico
Pareciera que quienes andan presionando los tiempos en el TSJ, tratan de hacerse los enajenados mentales.. Fingen que no conocen los tiempos reales en que opera la institución.
La acción de amparo.
Se debe ejercer en un lapso de seis meses, desde que se llevó a cabo el acto que genera la lesión jurídica. “La acción de amparo procede contra todo acto administrativo, actuaciones materiales, vías de hecho, abstenciones u omisiones que violen o amenacen violar un derecho o garantía constitucionales, cuando no exista un medio procesal breve, sumario y eficaz, acorde con la protección constitucional”.
Pasado ese tiempo. No procede la acción de amparo.
Sin embargo, hay una excepción, y es en el caso de los recursos contenciosos administrativos.
El parágrafo único del articulo 5 de la Ley de Amparo dice:
“PARAGRAFO ÚNICO: Cuando se ejerza la acción de amparo contra actos administrativos conjuntamente con el recurso contencioso administrativo que se fundamente en la violación de un derecho constitucional, el ejercicio del recurso procederá en cualquier tiempo, aún después de transcurridos los lapsos de caducidad previstos en la Ley y no será necesario el agotamiento previo de la vía administrativa”.
Este no fue el caso de María Corina. Ella introdujo una demanda por vía de Hecho conjuntamente con la acción de Amparo. En este caso, ella no se plegó al procedimiento designado y el TSJ procedió conforme a la Ley.
No puede decidir sobre el Amparo si no pide primero el expediente administrativo. Blanca Rosa Mármol desvaría cuando dice que es una táctica dilatoria. Si no hay resolución ni expediente, probarla es más difícil.
Y el propio abogado de María Corina se equivoca, cuando apresuradamente introduce un escrito aclarando que ellos lo que están intentando es una demanda por Vía de Hecho.
Qué hizo María Corina. Ella pide el amparo contra la vía de hecho, sobre la base de que se violan sus derechos constitucionales y proviene del oficio que el Contralor Meneses le hizo llegar al diputado Brito.
Y aquí es donde surge lo que está presionando el equipo jurídico de Diosdado.
Porque si existe la inhabilitación, tanto la demanda por vía de hecho, como el recurso de amparo, no procede.
Y el equipo de Cilia tiene una mucho mejor. Según estos abogados, a María Corina Machado no se le han violado los derechos, porque aún no se le ha impedido ser candidata.
No es el caso de Leocenis, quien no pudo ser candidato a alcalde en las elecciones pasadas del 2021.
La tesis del equipo de la Contraloría, es que la Resolución está para publicación.
Allí comenzamos con la mentira.
En el despacho del Magistrado Malaquías preguntan si procede esta causal de inadmisibilidad: Artículo 6, numeral 2 de la Ley de Amparo. 2)Cuando la amenaza contra el derecho o la garantía constitucionales, no sea inmediata, posible y realizable por el imputado;
Observen detenidamente esto:
En este caso, el posible causante de la vía de hecho es un funcionario de la Contraloría, y no el Contralor. Por lo tanto el acto de Meneses, ni en ese momento, ni ahora, puede perjudicar a María Corina, porque al no tener la potestad constitucional o legal para imponer inhabilitación, sus actos carecen de viabilidad.
Bajo esta premisa, es inadmisible la demanda y el recurso de Amparo. Legalmente la demanda de María Corina es inadmisible. Jurídicamente hablando pareciera lógica está postura.
Todos sabemos que ello es solo una “excusa” Pero eso no lo decide el TSJ. Primero se va a discutir entre los delegados, los jefes políticos del Psuv.
A mi juicio va a ser admitida la solicitud, porque en la interpretación de la ley, Latu Sensu nos permite establecer todo una cadena de elementos conducentes a establecer la negación de un derecho, aunque esto no se haya plasmado en un oficio, o en un papel.
Cuando un funcionario habla también emite criterios, muestra sus reales intenciones, y el administrado puede adminicular los mecanismos legales a su favor. Es decir, yo no tengo que esperar ver al muerto para suponer o temer un homicidio. Y en el foro político y jurídico internacional eso es doctrina.
Sobran las pruebas y las amenazas contra María Corina Machado y su comando de campaña, desde que fue candidata en las elecciones internas de la oposición.
¿Qué viene después?
Artículo 26.
El Juez que conozca del amparo, fijará dentro de las noventa y seis (96) horas siguientes a la presentación del Informe por el presunto agraviante o de la extinción del término correspondiente, la oportunidad para que las partes o sus representantes legales expresen, en forma oral y pública, los argumentos respectivos.
Efectuado dicho acto, el Juez dispondrá de un término improrrogable de veinticuatro (24) horas para decidir la solicitud de amparo constitucional.
No obstante recuerden, aún no se ha decido la admisibilidad del recurso.
En todo caso. Salvo que la Sala Político Administrativa haga una corrección de oficio sobre el recurso interpuesto, la decisión no va a poder pronunciarse sobre la habilitación de María Corina.
Si la Resolución no aparece, existe el riesgo que la referida sala ordene a la Contraloría que aclare la situación de María Corina, abandone la vía de hecho y dicte la resolución correspondiente.
Pero todo esto es especulativo.
El Presidente de la Sala Electoral considera que la vía de hecho debe ser admitida. Y si quieren habilitar a María Corina, debe ser declarada con Lugar.
Para el Presidente de la Sala Electoral, eso solo puede ser resuelto en el fondo de la demanda por vía de hecho, sin que proceda la acción de amparo, porque a María Corina no se le ha impedido efectivamente presentarse para un cargo público.
Si esta es la tesis que va a prevalecer, van a admitir la demanda en cuestión, empero no va a proceder el amparo constitucional. Eso implica que, a menos que salga la resolución de la Contraloría, María Corina va a poder inscribirse.
El Presidente de la Sala Electoral es quien sostiene la tesis de que María Corina debía introducir una demanda por vía de hecho, tal como se habló en muchos foros, horas antes de que ella fuera al TSJ a introducir el recurso.
Todos los magistrados de la Sala Electoral del TSJ vienen de militar en el oficialismo. De ellos el decano (es decir el que tiene mayor experiencia) es Figueroa. Es de los institucionalistas, viene de la Sala Político Administrativa. Aunque no dudamos que tiene fuertes vinculaciones políticas, pues fue legislador.
Caryslia Beatriz Rodríguez se apoya en Figueroa, aunque viene también de ser concejal, presidenta del concejo municipal de Libertador y hasta Alcaldesa encargada, cuando Erika Farias se retiró. Es egresada del IAEDEN.
Muchos plantean dejar el asunto para el mes de enero, que ya está encima.
Cae uno caen todos
¿FBI en EVTV?
Los laboratorios que comanda un sector de la oposición, emprendieron una feroz campaña contra todos los que publicamos una nota que yo leí en el diario El Nacional y también apareció en otros medios, muchos de ellos vinculados al gobierno, es verdad pero no todos.
En la práctica diaria quienes activamos en las redes, sabemos que un popular grupo presuntamente dedicado a combatir los “fake news” por equis cantidad de dinero, emiten un juicio que favorece a quién paga.
Lo cierto es que muchos “falsos líderes”, en todo su tiempo de ejercicio no lograron avanzar en el camino al rescate de la democracia y hoy no tienen cómo “justificar” su estilo de vida, sin oficio conocido en la tierra del Tío Sam.
Causas olvidadas
Prácticamente se fue el 2023 y dentro de los logros de la oposición, no puede incluirse las luchas por las justas reivindicaciones de los pensionados, jubilados y trabajadores públicos, incluyendo los maestros, profesores, médicos, enfermeras y pare usted de contar. Para ellos no hubo Santa Clauss.
El tema migratorio
Es una de las grandes preocupaciones de los actuales conductores del gobierno estadounidense, después del tema petrolero.
Por ello, la administración Biden hace todo lo posible para que el éxodo venezolano disminuya. Su rival Donald Trump le ha sacado provecho pues sabe que el votante común de este país, se manifiesta en contra.
Regiones
Estado Lara
Ojala el señor Gobernador de este estado se conduela de la red hospitalaria. Insólito en el ambulatorio “Don Felipe Ponte Hernández” de Cabudare Municipio Palavecino, los baños están clausurados y los pacientes tienen que ir al “monte” a hacer sus necesidades fisiológicas.
Estado Zulia
Conmovida la opinión pública con el atentado donde resultó gravemente herido el Alcalde del Municipio Miranda Jorge Nava.
Sicarios llegaron a cobrar venganza, pues el evento que se realizaba no pagó “vacuna”. Aunque hay varias tesis sobre el hecho.
El atentado para muchos si fue en contra del Alcalde. Para otros fue para el director de Servicios públicos allí presente a su lado.
A la fecha hay más de quince (15) heridos y tres (3) muertos. Se corrobora lo que hemos dicho muchas veces: En Venezuela no manda Maduro…manda el hampa organizada.
Sobre las alianzas políticas para la conformación de las directivas del Consejo Legislativo y concejos municipales, aún no hay discusiones. Todo pudiera quedar igual.
El obstáculo es Primero Justicia, pues en esta región priva más la voluntad de un personaje, que la del propio partido.
Estado Falcón
Destituyen directiva del Hospital Rafael Calles Sierra por presuntas irregularidades
Una comisión de Caracas tras llevar a cabo una supervisión del funcionamiento del Hospital Doctor Rafael Calles Sierra de Punto Fijo, terminó destituyendo a la directiva y parte de la administración por presuntas irregularidades. La doctora Mayerling Añez, hasta entonces directora, figura entre los casi 20 despedidos.
Entre las presuntas irregularidades se habría detectado la existencia de convenios internos desconocidos por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS).
Otras de las causas de la movida de mata habría sido por el personal faltante; se dice que había cargos de doctores jubilados en la administración y que personal del hospital Cardón ejercía funciones en el hospital Calles Sierra.
Otro detalle es que, por cuestiones de servicio y para cubrir los grupos de trabajo de diciembre, están prohibidas las vacaciones en este periodo. No obstante, se habría detectado que más de 30 trabajadores estaban disfrutando las mismas.
Se me acabó el papel…