(21 de diciembre del 2023. El Venezolano).- Tras el altercado diplomático que surgiera luego de efectuarse el referéndum consultivo por nuestra territorialidad y/o soberanía sobre la Guayana Esequiba, que ordenara la AN, de preguntas muy específicas y comprometedoras, lo cual motivó la intervención de algunos organismos internacionales, tales como: ONU, presidentes que se ofrecieron de mediadores, además de organismos regionales: Caricom y Oganización de Países del Caribe Oriental (OECS, siglas en ingés), que forman parte del Commonwealth of Nations, los presidentes Ali y Maduro, de Guyana y Venezuela, respectivamente, aceptaron reunirse a instancias de los organismos y personalidades mencionadas en Kingston, capital de San Vicente y Las Granadinas, donde por solo un día (14/12), se logró limar ciertas asperezas –tensiones- que habían surgido en torno al espacio de referencia por una ocupación fáctica de aquella en violación flagrante al Acuerdo de Ginebra suscrito por ambas naciones el 17/2/1966 convinieron, dejando a un lado una aberración del presidente extinto durante 2/2004, cuando Nicolás Maduro era canciller, asintieron en abordar tal disputa conforme a las normas establecidas en el AG y alguna otra discrepancia, en concordancia con los principios del drecho internacional, así como el descarte de toda acción unilateral. No habrá amenazas ni empleo de fuerza militar alguna. Asimismo, ambos mandatarios acordaron una reunión en Brasil durante el primer trimestre de 2024 sobre el tema.
Por Isaías A. Márquez Díaz
Situación enrevesada puesto que el caso se halla en revisión ante la CIJ, organismo al cual Guyana jamás debió apelar para la solución de la controversia, en virtud de la existencia del AG, alternativa única y válida, no otra, para dilucidar sobre la soberanía de unos 160000 km cuadrados de la “Zona en Reclamación”.
Más aún, cabría alegar muy convenientemente, que en vista de los acuerdos alcanzados y dados a conocer oficialmente, aunque no formalizados. Pero, conexos al AG, toda demanda ante la CIJ podría quedar sin efecto, y así, no caer en otro altercado jurídico e incluso plomático, tan inconveniente para ambas partes, comprometidas a no recurrir a acciones unilaterales, sino conforme al derecho internacional.
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