(7 de mayo del 2019. El Venezolano).- El Banco Central de Venezuela (BCV), emitió la resolución 19-05-01, en la que oficializó las «mesas de cambio», a través de las cuales las instituciones bancarias podrán comprar y vender divisas, con reportes diarios de volúmenes de venta y tasa resultante de las operaciones.
En la resolución explica que las mesas de cambio serán establecidas por cada banco. Al final de cada jornada, las entidades financieras tendrán la obligación de transmitir al BCV un reporte de los volúmenes de compra y venta y el ente emisor fijará una tasa promedio que servirá como valor de referencia.
En una nota publicada por La Patilla, indicó que el artículo 1 de la resolución señala que los bancos “podrán pactar a través de sus mesas de cambio, entre clientes de esa institución, o en transacciones interbancarias, operaciones de compra y venta de monedas extranjeras por parte de personas naturales y jurídicas del sector privado (…) Los interesados en presentar cotizaciones de oferta o demanda de monedas extranjeras a través de las mesas de cambio de los operadores cambiarios, o hacer uso de los servicios de la banca electrónica dispuestos a tal efecto.
De la misma manera, en cuanto a los interesados en presentar cotizaciones de oferta o demanda de monedas en divisas extranjeras, estos podrán hacerlo sin ningún tipo de restricciones y limitantes, salvo los requisitos establecidos por las instituciones bancarias en donde se realizará la transacción.