(23 de agosto del 2021. El Venezolano).- Dentro de unos momentos el Tribunal Constitucional se pronunciará sobre el recurso presentado por el diplomático venezolano Alex Saab en el que invoca nada menos que 12 irregularidades inconstitucionales en la tramitación del caso de extradición que le afecta.
Este es un momento serio y solemne, con múltiples y complejas cuestiones diplomáticas, políticas, internacionales y jurídicas en juego. Sin embargo, entre todas estas cuestiones, la única que debería contar es el respeto al Estado de Derecho, a los derechos humanos y a la libertad de un hombre que lleva más de un año detenido arbitrariamente.
La tan esperada sentencia del Tribunal Constitucional en este caso no será una sentencia como las demás. Se pide al Tribunal que se pronuncie sobre el derecho y haga justicia en un caso cuya tramitación ha estado salpicada de irregularidades, abusos, violaciones y negligencias. Cualquier observador imparcial y neutral al que se invitara a examinar la tramitación de este caso se quedaría atónito ante el impresionante número de irregularidades que salpican este procedimiento. Hasta tal punto que es, sin duda, un caso de manual, emblemático de la inconstitucionalidad múltiple y que, sin duda, servirá algún día de contramodelo para explicar a los estudiantes de Derecho lo que no hay que hacer.
Estas pocas líneas no pueden explicar por sí solas las abismales violaciones de las normas de procedimiento y de derecho que se dan en este caso. Sin embargo, la narración de algunos episodios clave del caso bastaría para indignar a cualquier abogado con conciencia jurídica y sentido de la justicia.
El diplomático Alex Saab fue detenido el 12 de junio de 2020 por las autoridades de Cabo Verde a petición de los Estados Unidos de América, durante una parada técnica urgente en el aeropuerto de la isla de Sal, mientras realizaba una misión diplomática humanitaria especial en nombre de Venezuela y se dirigía a Irán. A lo largo de esta saga y desde la detención, las autoridades han estado violando la ley y las normas de procedimiento, a veces por negligencia, a veces por incompetencia, a veces por abuso de poder. Esto se puede ilustrar a través de tres fases llamativas del procedimiento, que, de nuevo, sorprenderán a un observador imparcial, ya que las violaciones son tan flagrantes.
La primera fase es la detención en su dimensión policial. El defecto original de este procedimiento radica en el carácter puramente arbitrario de la detención, que se llevó a cabo sin orden de detención ni difusión roja de Interpol, y sin motivo alguno. Sólo esta detención está salpicada de irregularidades e ilegalidades que están atestiguadas por una serie de documentos, pruebas e incluso declaraciones de los agentes de policía y otros actores encargados del caso.
Se ha incumplido una primera norma elemental que hay que recordar: todo diplomático está protegido por la inmunidad y la inviolabilidad. La condición de enviado especial de Alex Saab fue confirmada inmediatamente por las más altas autoridades de Venezuela. Cabo Verde podría haber impugnado este estatus, pero no lo hizo. Sin embargo, la norma es clara, y en ningún caso estaba facultada para detener a un diplomático en esas circunstancias, violando así los sacrosantos principios de inmunidad e inviolabilidad.
Una segunda norma igualmente básica es que, en un Estado de Derecho, toda detención debe tener una base legal, en la mayoría de los casos un delito flagrante o, en su defecto, una orden de detención. También en este caso, la detención se realiza contra legem, ya que el 12 de junio de 2020, las
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autoridades de Cabo Verde actuaron sin ningún motivo legalmente válido, sin orden de detención y sin notificación roja. Y lo que es más grave, para encubrir esta flagrante e incurable irregularidad, se transmitirá laboriosamente una notificación roja a las autoridades de Cabo Verde al día siguiente de la detención, pero todavía sin orden de arresto, y además será anulada unos días después por la propia Interpol. Desde el momento en que se anuló esta orden ilegal de Interpol contra el diplomático Alex Saab, éste permaneció durante 17 días sin orden de detención y sin orden de Interpol en un calabozo a la espera de que Estados Unidos enviara la solicitud de extradición. No es hasta el 29 de junio de 2020 que los Estados Unidos de América comunican formalmente su solicitud de extradición acompañada de una orden de detención a nombre de otra persona.
La segunda fase es judicial. Aunque no haya ninguna duda jurídica de que dicha detención es ab initio arbitraria, ilegal e irregular, encubierta de alguna manera y torpemente por la instrumentalización del mecanismo de Interpol, y por la presentación de documentos irregulares y erróneos, El caso dio un giro aún más alarmante cuando el juez caboverdiano, supuestamente garante del orden jurídico y del Estado de Derecho, intentó encubrir estas irregularidades validando la orden de arresto, detención y extradición. Ya sea el Tribunal de Barlovento, el Fiscal General o el Tribunal Supremo de Justicia, que confirmó la orden de extradición el 16 de marzo de 2021, todos estos actores judiciales de Cabo Verde intentaron, con evidente connivencia, negar la evidencia de la arbitrariedad. En decisiones y acusaciones que desafían la comprensión jurídica, el fiscal y los jueces añadieron a la arbitrariedad de la detención, la de una detención prolongada, desproporcionada, abusiva y excesiva, y un procedimiento de extradición sin orden judicial y sin tratado de extradición. Harán todo lo posible para encubrir las irregularidades originales del caso, intentando validarlas legalmente en decisiones absurdas y arbitrarias, que a su vez están plagadas de errores legales y abuso de proceso.
Es difícil determinar si hay que culpar a la incompetencia o al abuso de estos agentes judiciales, pero los desesperados intentos de purgar la detención arbitraria y la prisión de Alex Saab de los vicios de procedimiento y las violaciones flagrantes fueron minuciosos, y son rigurosamente imposibles desde el punto de vista jurídico. Una detención sin orden judicial sigue siendo una detención arbitraria y no puede ser subsanada. En efecto, después de haber detenido a un diplomático venezolano en condiciones indignas e inhumanas, después de que éste fuera incluso torturado para que consintiera en ser extraditado y proporcionara información, todo ello sin éxito, El Fiscal General no obtuvo finalmente una orden de detención válida hasta el 24 de marzo de 2021, varios meses después de la detención, mientras que las decisiones judiciales, y en particular la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia de 16 de marzo de 2021 que confirma la extradición, son modelos de inconstitucionalidad. El juez caboverdiano llega a afirmar que la situación actual de Alex Saab, en arresto domiciliario, no es de privación de libertad, para negarle el ejercicio de su derecho fundamental al habeas corpus. Tal postura, indigna de un Estado democrático civilizado, es una clara y flagrante violación del derecho internacional de los derechos humanos y de las normas constitucionales aplicables. No cabe duda de que hay irregularidades e ilegalidades, pero está por ver si son fruto de la incompetencia o del abuso.
Por último, la tercera fase, que se desarrolla en parte de forma paralela, es la dimensión internacional del caso. El gobierno de Cabo Verde queda ilustrado aquí por su notoria incompetencia en la gestión diplomática del caso, que se materializa en el compromiso de su responsabilidad internacional por las violaciones del derecho internacional. Obedeciendo claramente instrucciones, o incluso órdenes, de Washington, el Gobierno de Cabo Verde parece, en el mejor de los casos, impotente ante la dimensión internacional del caso y trata de responder a las instrucciones sin preocuparse por la ley. Invitado, de acuerdo con las reglas elementales de la vida diplomática y de las relaciones internacionales, a actuar como un Estado soberano ante tal disputa, entablando un diálogo diplomático con vistas a encontrar una solución pacífica, el Gobierno de Cabo Verde ha optado por ignorar las cartas diplomáticas de Venezuela, Irán, China, Rusia, las Naciones Unidas, la Unión Africana y la CEDEAO, por citar sólo algunas. Sin embargo, las violaciones del derecho internacional que comprometen su responsabilidad
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en este caso son elocuentes ya que Cabo Verde viola, entre otros, los principios de inmunidad e inviolabilidad; los derechos consulares; así como un número consecuente de normas del derecho internacional de los derechos humanos, empezando por la prohibición de la tortura y los malos tratos o la prohibición de la detención arbitraria. Estas acciones y omisiones son ilegales según el derecho internacional y también constituyen irregularidades constitucionales.
El mismo gobierno de Cabo Verde mantiene la misma actitud evasiva ante los organismos internacionales que le exigen la razón jurídica. Así, el gobierno de Cabo Verde simplemente se niega a aplicar la sentencia jurídicamente vinculante del Tribunal de Justicia de la CEDEAO del 15 de marzo de 2021, según la cual, tras un procedimiento contradictorio en el que el gobierno de Cabo Verde participó plenamente, el arresto y la detención de Alex Saab son arbitrarios y deben ser liberados inmediatamente. Este mismo gobierno sigue haciendo oídos sordos a las recomendaciones que le dirigió, por ejemplo, el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, que pedía la suspensión de la extradición y el acceso a la atención médica de Alex Saab. Estas posiciones adoptadas por Cabo Verde, que acompañan a las flagrantes violaciones del derecho internacional de las que es responsable, han sido indispensables para consolidar y perpetuar la detención arbitraria del diplomático venezolano, y también contribuyen al desafío de la racionalidad jurídica que ilustra este caso.
Es en el contexto de este caso, infectado por todas partes por defectos inconstitucionales, irregularidades, aproximaciones e improvisaciones, que el Tribunal Constitucional tendrá que hacer justicia y Estado de Derecho. Tendrá que resolver las irregularidades que son fruto de la incompetencia y las que son fruto del abuso, para proteger la constitución de la que es garante. Su misión es compleja en vista de la magnitud de las irregularidades y vicios en este caso, pero también porque tendrá que tratar de restablecer el Estado de Derecho, los derechos humanos, los valores constitucionales y la justicia haciendo valer y manteniendo las irregularidades evidentes, preservando, en la medida de lo posible, la credibilidad y la reputación de los actores judiciales implicados. Este es su reto.
Apelamos a la justicia, a la racionalidad, a la conciencia jurídica y al Estado de Derecho, para que el Tribunal Constitucional haga justicia, diga la ley, proteja la Constitución de Cabo Verde, aplique la ley y la haga cumplir. Esta es la condición para que se haga justicia con Alex Saab, y para que sea liberado lo antes posible.
El equipo de defensa.