(29 de abril del 2020. El Venezolano).- Aunque parece un tema etéreo, el salario mínimo en Venezuela es una remuneración misérrima a la cual tiene derecho todo trabajador; es de carácter denigrante, pues le impide vivir con dignidad y agudizándole sus necesidades básicas, sociales e intelectuales, aparte de otras penurias extensivas a su núcleo familiar, paradoja de lo previsto en Art 91 CRBV –salario digno-.
La Ley obliga a que su incremento se defina como mínimo, por año, para lo cual debe tomarse como referencia (parámetro) el costo de la canasta básica, cuyo monto será igual para todos los trabajadores dentro del territorio nacional, y bajo ningún concepto podrá establecerse diferencia alguna entre el monto fijado como mínimo, ya sea por razones geográficas, de actividad económica o categoría de trabajadores.
MODO DE FIJARLO
Su fijación, conforme al Art 129 LOT, “Previo estudio y mediante decreto el Ejecutivo Nacional establecerá cada año el salario mínimo. Mediante consulta amplia conocerá las opiniones de las diferentes organizaciones sociales e instituciones en materia socioeconómica”; lo que implica consulta a federaciones sindicales, empresariado, así como análisis de perspectivas financieroactuariales, mediante datos estadísticos fiables que aporta CENDES e INPC/INE y acumulada de un 214 % para el I trimestre 2020, según BCV.
CONDICIONES SOCIOECONÓMICAS
Bajo las condiciones actuales, de recesión, un salario mínimo podría, difícilmente, garantizar que un trabajador reciba por contrapartida laboral, en una “jornada completa” lo mínimo requerido a fin de poder subsistir, dignamente, con su familia. En verdad, la economía venezolana está muy enrevesada ya que tenemos diversos factores que la distorsionan, como por ejemplo, la narco dolarizacióny la emisión de dinero inorgánico que presionan el tipo de cambio; en efecto, es una de la más golpeadas de Sudamérica y, quizá, de la región, razón por la cual el salario mínimo no cumple sus objetivos. Incluso, en el lapso transcurrido de 2019, aun cuando presenta un incremento acumulado sobre un 900%, más tasa de inflación equivalente a un 7374 %, según AN, ya que el monto que se fija, compulsivamente, al ojo por ciento. Y, constituye una aberración como para que alguien pueda cubrirse ante las necesidades básicas de su familia, en un país con la tasa inflacionaria acumulada más alta de la región, superior a un 500 %; segunda más alta, tras Argentina, según FMI Y tasa promedio de un 2,9%/día, para 7/ 2019, según INPC-INE.