(23 de noviembre del 2019. El Venezolano).- El Tribunal Supremo ha anulado la condena a prisión de un joven que robó dinero a su suegra al entender que existía afinidad parental entre ambos porque vivían juntos. Esta justificación se basa en el Código Penal que establece que los familiares de «primer grado», en caso de robo sin violencia, solo tendrán que devolver el dinero apropiado.
El hombre, vecino de Las Matas (Madrid) estaba condenado a tres años y ocho meses de prisión por apropiación indebida de más de 430.000 euros procedentes de las cuentas bancarias de su suegra, con la que continuaba viviendo después de que su mujer falleciera y tras recibir un poder de ésta para que administrara sus bienes.
El alto tribunal tan sólo le obliga a devolver dicha cantidad al aplicar el artículo 268.1 del Código Penal, que recoge que los cónyuges que no estén separados o se encuentren en trámites de separación, divorcio o nulidad, los ascendientes, descendientes y hermanos (por naturaleza o por adopción) y afines en primer grado que vivan juntos «están exentos de responsabilidad criminal y sujetos únicamente a la civil» de los delitos patrimoniales que se causen entre ellos.
Todo ello siempre y cuando no exista violencia, intimidación o abuso de la vulnerabilidad de la víctima, ya sea por razón de edad, o por tratarse de una persona con discapacidad en la comisión de dicho delito.
El acusado estaba condenado entonces por un delito continuado de apropiación indebida agravado con abuso de relaciones personales entre víctima y defraudador, vivía con su suegra -ya fallecida- tras la muerte de su mujer, reseñó La Información.
Los hechos probados de la sentencia relatan que el acusado A.M.G vivía con su mujer y la madre de ésta desde 1999 y que cuando falleció su esposa en enero de 2011, su suegra, C.B.P.V., continuó viviendo con él durante tres años más. Fue en ese momento cuando la mujer otorgó en favor de su yerno un poder general para la administración de sus bienes, «dado la relación de convivencia de muchos años» y su «avanzada edad».