(26 de julio de 2019. El Venezolano).- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Nicolás Maduro declaró la «nulidad absoluta y la carencia de efectos jurídicos» del «Acuerdo sobre la Designación del Directorio Ad-Hoc del Banco Central del Venezuela», dictado el 16 de julio por la Asamblea Nacional, informó el organismo mediante un comunicado.
El «Acuerdo de rechazo a la designación de Calixto Ortega Sánchez como Presidente del Banco Central de Venezuela», aprobado igualmente por el Parlamento venezolano, el 26 de junio de 2018, también fue declarado nulo por el máximo tribunal, que obedece a las órdenes del régimen madurista.
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«En el fallo N° 0247-2019, con ponencia del presidente de la Sala, magistrado Juan José Mendoza Jover, se indica que las designaciones de autoridades del Banco Central del Venezuela (BCV) que se hagan en atención a los acuerdos antes señalados, son nulas de nulidad absoluta«, dice la nota publicada por el organismo del Poder Judicial.
La Sala Constitucional del TSJ advirtió que la decisión «dejó establecido que quienes sean designados y/o acepten dicha designación incurren en delitos de usurpación de funciones y otros delitos de acción pública consagrados en el ordenamiento jurídico penal venezolano relativos a corrupción, delincuencia organizada y terrorismo, entre otros».
El dictamen emitido por el supremo el jueves reitera, además, el supuesto «asalto al Estado de Derecho y a todos los poderes públicos por parte del Parlamento, órgano que se encuentra en desacato y cuyos actos son absolutamente nulos».