(08 de octubre del 2020. El Venezolano).- Este jueves, el Tribunal Vigésimo Noveno en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, decretó la nulidad absoluta del acto conclusivo de acusación interpuesto por el Ministerio Público a dos funcionarios por el caso de la muerte del concejal Fernando Albán.
El Tribunal Vigésimo Noveno en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas decretó la nulidad absoluta del acto conclusivo de acusación interpuesto por el Ministerio Público, por violación del artículo 49.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y falta de cumplimiento de los artículos 262 y 263 del Código Adjetivo Penal, retrotrayendo la causa a la fase de investigación.
La decisión del Juzgado en la causa seguida a los ciudadanos Miguel David Do Santos Rodríguez y Keiberth José Cibelli Moreno, por la presunta comisión del delito de quebrantamiento de obligaciones de custodia, previsto y sancionado en el artículo 267 del Código Penal, donde funge como víctima el ciudadano quien en vida respondiera al nombre de Fernando Alberto Albán, se fundamentó en los artículos 174, 175 y 180 del Código Orgánico Procesal Penal.
Con información de TSJ