(18 de marzo del 2024. El Venezolano).- El 1º de marzo de 2023, Yvan Gil, ministro del poder popular para Relaciones Exteriores, publicó un comunicado oficial en su cuenta de X (antes Twitter) donde se manifiesta el desacuerdo de Venezuela con la decisión emitida por la Sala de Apelaciones de la Corte Penal Internacional (CPI), en relación con el recurso de apelación interpuesto por el país contra la sentencia de la Sala de Cuestiones Preliminares en el asunto denominado “Venezuela I”.
Por Luinerma Márquez Castellanos
En dicho comunicado, titulado: “Venezuela rechaza la infundada decisión de la Sala de Apelaciones”, la Cancillería venezolana ratificó que -como Estado soberano- el gobierno “tiene derecho a llevar a cabo sus propios procesos penales en tribunales internos, sin injerencia externa”.
Además, se resalta que “Venezuela renueva, una vez más, su firme compromiso con el estado de Derecho y la legalidad internacional”, afirmación sobre la cual el equipo de Cotejo.info y el Observatorio Venezolano de Fake News (OVFN) fijaron su lupa periodística por tratarse de un discurso público reiterativo.
Tras el análisis de la afirmación oficial se determinó que se trata de una mentira, dado que organizaciones como Human Rights Watch,Amnistía Internacional yla Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos han emitido informes detallando preocupaciones significativas sobre las constantes vulneraciones del Estado de Derecho en Venezuela y la legalidad internacional.
En el proceso de verificación se determinó que el comunicado oficial también fue difundido por Delcy Rodríguez, vicepresidenta de la República, en su cuenta de X donde afirmó que “el proceso incoado ante la CPI responde a la intención de instrumentalizar los mecanismos de justicia penal internacional con fines políticos”.
Dinámica del Estado de Derecho en Venezuela
El Estado de Derecho es un principio fundamental de gobernanza según el cual todas las personas, instituciones y entidades, públicas y privadas, incluido el propio Estado, están sujetas a leyes que son públicamente promulgadas, igualmente aplicadas y adjudicadas por tribunales independientes e imparciales.
El World Justice Project (WJP), una organización internacional de la sociedad civil que declara tener la misión de “trabajar para extender el imperio de la ley en el mundo”, creó el índice del Estado de Derecho con el cual miden sus ocho pilares fundamentales:
- Limitaciones de los poderes del Gobierno.
- Ausencia de corrupción.
- Administración pública.
- Derechos fundamentales.
- Orden y seguridad.
- Cumplimiento de la normativa.
- Justicia civil.
- Justicia penal.
En la medición, 1.00 es la calificación más alta y 0.00 la más baja. Venezuela se posicionó en el puesto 142 de la calificación global en el año 2023, el último lugar, con la puntuación más baja (0.26) del índice de Estado de Derecho. Según el registro, el desempeño del país empeoró desde 2015 y se agravó en 2021.
Captura de pantalla de la puntuación general del Venezuela en el Índice del Estado de Derecho de World Justice Project (WJP), 2023
Además del puntaje general, cada dimensión del índice contiene una clasificación basada en variables específicas. El puntaje más alto del país radica en el “orden y seguridad” con un 0.51, que lo ubica en el puesto 132 de los 142 países evaluados.
El puntaje más bajo se obtuvo en el renglón de “justicia penal” (0.12), seguido de las “limitaciones de los poderes del Gobierno” (0.18) y “cumplimiento de la normativa” (0.19).
El Estado de Derecho en Venezuela (2023)
Dentro del factor “Limitaciones de los poderes públicos en Venezuela” se evaluaron los siguientes 6 ítems, cuyos puntajes estuvieron por debajo de 0.33 y siendo el peor posicionado el renglón que mide si los los poderes judiciales del gobierno están efectivamente limitados por auditorías y revisiones independientes. A continuación los resultados de este factor en Venezuela
- El poder legislativo limita los poderes del gobierno: 0.33
- El poder judicial limita efectivamente los poderes del gobierno: 0.13
- Los poderes del gobierno están efectivamente limitados por auditorías y revisiones independientes: 0.08
- Los funcionarios son sancionados por mala conducta: 0.11
- Los poderes gubernamentales están sujetos a controles no gubernamentales: 0.25
- La transición de poder está sujeta a la ley: 0.19
La “justicia penal” se subdivide en 7 variables cuyos puntajes oscilaron entre 0.02 y 0.25 para el caso venezolanos, tal como se observa a continuación:
- El sistema de investigación penal es eficaz: 0.12
- El sistema de enjuiciamiento penal sea oportuno y eficaz: 0.12
- El sistema penitenciario es eficaz para reducir el comportamiento delictivo: 0.04
- El sistema penal es imparcial: 0.11
- El sistema penal está libre de corrupción: 0.25
- El sistema penal está libre de influencias gubernamentales indebidas: 0.02
- Garantías procesales y derechos del acusado: 0.17
En el cumplimiento a la normativa, Venezuela obtuvo las siguientes calificaciones:
- Aplicación efectiva de la normativa gubernamental: 0.31
- La normativa gubernamental se aplica y se hace cumplir sin influencias indebidas: 0.40
- Los procedimientos administrativos se llevan a cabo sin retrasos injustificados: 0.10
- Respeto de las garantías procesales en los procedimientos administrativos: 0.01
- El gobierno no expropia sin un procedimiento legal y una indemnización adecuada: 0.14
Para esta verificación también se tomaron en consideración los resultados del factor asociado al cumplimiento de los derechos humanos fundamentales, en el cual se toman en consideración los siguientes 8 ítems:
- Igualdad de trato y ausencia de discriminación: 0.46
- Se garantiza efectivamente el derecho a la vida y a la seguridad de la persona: 0.09
- Garantías procesales y derechos del acusado: 0.17
- La libertad de opinión y de expresión está efectivamente garantizada: 0.25
- La libertad de creencia y religión está efectivamente garantizada: 0.59
- La libertad frente a injerencias arbitrarias en la intimidad está garantizada de manera efectiva: 0.02
- Se garantizan efectivamente la libertad de reunión y asociación: 0.28
- Se garantizan efectivamente los derechos laborales fundamentales: 0.53
El promedio de todos estos puntajes arroja el 0.26 que ubica a Venezuela como el país peor posicionado en el Índice del Estado de Derecho, lo cual corrobora que este principio de gobernanza no se cumple por múltiples razones.
“Virtualmente ausente” desde 2018
Las valoraciones sobre el Estado de Derecho en Venezuela no son nuevas. Una nota publicada en el portal de Naciones Unidas, en el año 2018, señala que “el estado de derecho en Venezuela está virtualmente ausente”, según un informe divulgado en ese entonces por la oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos.
Dicha oficina aseguró en ese momento la existencia de denuncias “creíbles” de ejecuciones extrajudiciales que ocurren impunemente.
Además de la ONU, otras instancias internacionales y gobiernos han expresado su preocupación por los problemas sistemáticos que afectan la independencia judicial, la libertad de prensa, los derechos humanos, la separación de poderes, los procesos electorales, el aumento de la corrupción y la situación económica y humanitaria en Venezuela.
En un análisis previo del discurso público, el equipo de Cotejo.info y el OVFN determinaron que en el país no se cumplen las seis características o principios del Estado de Derecho: Igualdad ante la ley, separación de poderes, participación en la adopción de decisiones, legalidad, no arbitrariedad, transparencia procesal y legal.
La verificación consistió en cotejar cada uno de estos principios con lo descrito en informes elaborados por la ONG Acceso a la Justicia, el Frente Amplio Venezuela Libre, el Bloque Constitucionalista y en los distintos informes emitidos por la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas.
El escenario de la legalidad internacional
En términos de derecho internacional, la aplicación efectiva de la legalidad internacional depende en gran medida de la voluntad política del Estado para cumplir con sus obligaciones internacionales, implementarlas en su legislación interna y garantizar mecanismos efectivos de rendición de cuentas y reparación.
El postulado del principio de la legalidad radica en el absoluto sometimiento de la administración pública al ordenamiento jurídico, y del mismo se genera una doble obligación: La necesidad de obrar tal como lo exige el ordenamiento jurídico y la prohibición expresa de actuar en contra del ordenamiento jurídico.
El principio de la legalidad implica que la administración pública solo puede hacer lo que expresamente le permite la ley, lo que quiere decir que no podrá solicitar más recaudos que los establecidos o generar cargas que la norma no consagra.
Un tercer elemento fundamental también se establece en el principio de la legalidad que implica que “todo procedimiento administrativo debe ser establecido en normas de rango legal”.
El artículo 187 de la Constitución de la República de Venezuela señala que corresponde a la Asamblea Nacional legislar en las materias de la competencia nacional, es decir, dictar leyes en las materias que son competencia del Poder Público, y en cualquier otro caso que la Constitución ordene.
Venezuela también ha sido parte de tratados y convenciones internacionales, incluida la Carta de las Naciones Unidas y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (aunque el país denunció este tratado y se retiró de la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en 2013), así como de diversos tratados sobre derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales.
En teoría, esto significa que el país se ha comprometido a respetar y aplicar las normas y principios establecidos en estos instrumentos internacionales, pero esta premisa ha sido cuestionada, especialmente en materia de derechos humanos y el derecho internacional humanitario.
Informes de organizaciones internacionales como la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) han señalado en reiteradas ocasiones las preocupaciones sobre violaciones de derechos humanos en el país.
El gobierno venezolano, por su parte, ha defendido sus políticas y acciones argumentando que son necesarias para garantizar la soberanía, la estabilidad política y el bienestar social, y ha criticado lo que considera una interferencia extranjera en sus asuntos internos.
Ejemplo de ello es la rueda de prensa realizada en la sede del Ministerio Público, el 1º de marzo de 2024, cuya grabación se encuentra disponible en el canal oficial de YouTube de la institución pública, donde el fiscal general de la República, Tarek William Saab, rechazó la decisión de CPI, argumentando que:
“En dicho caso se han utilizado un arsenal de medios de comunicación, redes sociales tarifadas, oenegés y figuras públicas que pretenden mostrar una realidad paralela de lo que se puede vivir en el seno de la justicia venezolana”
Historial del caso que sigue la CPI sobre Venezuela
La CPI, con sede en La Haya, Países Bajos, es un tribunal de última instancia destinado a perseguir a individuos por genocidio, crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y el crimen de agresión, cuando los estados no pueden o no quieren hacerlo.
El 3 de noviembre de 2021, Venezuela se convirtió en el primer país de América Latina donde la Corte Penal Internacional abrió una investigación formal. El anunció se dio después de la visita del fiscal británico de la CPI, Karim Khan. El informe conocido como “Venezuela I” pasó de la fase de examen preliminar a una investigación formal.
Aunque el gobierno de Venezuela consideró que no se cumplían las condiciones para una investigación, ese mismo día, se firmó un Memorando de Entendimiento con la Fiscalía de la Corte Penal Internacional.
Memorando de Entendimiento entre la República Bolivariana de Venezuela y la Fiscalía de la Corte Penal Internacional. PDF para descargar
El 21 de abril de 2022, el fiscal Khan notificó a la Sala de cuestiones Preliminar que había recibido una solicitud de Venezuela para diferir las investigaciones de la fiscalía en conformidad con el artículo 18(6) del Estatuto de Roma.
El 1º de noviembre de 2022, el Fiscal presentó una solicitud ante la Sala de Cuestiones Preliminares I solicitando autorización para reanudar la investigación sobre la Situación en la República Bolivariana de Venezuela.
El 27 de junio de 2023, la Sala de Cuestiones Preliminares I autorizó a la Fiscalía de la CPI a reanudar su investigación sobre la situación en la República Bolivariana de Venezuela I.
El 1º de marzo de este 2024, la Sala de Apelaciones en su sentencia n.º ICC-02/18 OA, de la Corte rechazó de manera unánime la apelación del gobierno venezolano presentada en noviembre y decidió que se continuará con la investigación sobre crímenes de lesa humanidad en el país.
Rechazo del gobierno al proceso de CPI
El gobierno venezolano ha cuestionado la jurisdicción y la imparcialidad de la CPI en diversas oportunidades, argumentando que sus acciones son una forma de intervencionismo político por parte de potencias extranjeras que buscan desestabilizar al país o cambiar su gobierno.
El 1º de mayo de 2021, Tarek Wiliam Saab denunció “falta de transparencia” mediante un comunicado divulgado en su perfil de X.
El discurso oficial insiste en que Venezuela tiene un sistema judicial propio capaz y dispuesto a investigar cualquier alegato de abusos o delitos como parte de las medidas diplomáticas y legales. En tal sentido, la Fiscalía General de la República ha presentado varios informes y documentación a la CPI, de forma paralela a declaraciones públicas de Saab que desestiman la investigación y cuestionan la imparcialidad de la Corte.
El 11 de octubre de 2022, Walter Márquez, director general del Comité Internacional contra la Impunidad en Venezuela (CICIVEN), denunció que la investigación sobre los crímenes de lesa humanidad cometidos en Venezuela durante el gobierno de Nicolás Maduro, estaba paralizada en la Sala de Asuntos Preliminares, según una reseña de La Patilla.
El 3 de abril de 2023, Nicolás Maduro acusó al fiscal Karim Khan de “instrumentalizar la justicia con fines políticos”, un argumento que nuevamente se menciona en el comunicado de Cancillería analizado en esta verificación de hechos.
Pese al rechazo, en junio de 2023 se anunció que la “CPI tendrá oficina en Venezuela”, tras un acuerdo entre el fiscal Karim Khan y Maduro, durante la tercera visita del representante de la CPI al país, un hecho que fue cuestionado por varias ONG debido a la opacidad informativa.
Sin embargo, Alí Daniels, codirector de la ONG Acceso a la Justicia, sostuvo que la instalación de la oficina no afectaría el curso de la investigación de la Corte.
En febrero de 2023 el gobierno venezolano nuevamente cuestionó la jurisdicción y la imparcialidad de la CPI.
El 7 de noviembre de 2023 se realizó la primera audiencia en la CPI, donde según una reseña del portal informativo ABC.es se concluyó que “Venezuela no investiga los crímenes de lesa humanidad”. A propósito del hecho, Ben Emmerson, representante del Estado venezolano, argumentó que los aspectos referentes al principio de complementariedad en el Estatuto de Roma no han sido respetados y que las comunicaciones enviadas a Venezuela no incluyen suficiente información detallada.
El 14 de noviembre la CPI celebró el primer cara a cara del caso sobre los presuntos crímenes de lesa humanidad ocurridos en Venezuela. Los abogados internacionales contratados por el Estado venezolano aseguraron que en Venezuela no han ocurrido crímenes de lesa humanidad.
Conclusiones
El análisis del discurso público realizado por el equipo de Cotejo.info y el Observatorio Venezolano de Fake News (OVFN), permite concluir que es una mentira la afirmación “Venezuela renueva su firme compromiso con el estado de Derecho y la legalidad internacional”, expresada en un comunicado de la Cancillería de Venezuela que responde a la más reciente decisión de la CPI sobre la investigación de delitos de lesa humanidad en el país.
Existen informes de organizaciones no gubernamentales venezolanas y de instancias internacionales que contradicen el “compromiso” expresado por las autoridades venezolanas, debido a que se denuncian las vulneraciones recurrentes de los principios asociados al Estado de Derecho y en los cuales también se cuestiona el cumplimiento de tratados internacionales, especialmente en aquellos vinculados con los derechos humanos.
Las preocupaciones por la violación sistemática de los derechos humanos, la ausencia de separación de poderes, la concentración del poder en el gobierno central, el aumento de la corrupción, los problemas de la administración pública, la falta de orden y seguridad, el incumplimiento del ordenamiento jurídico nacional e internacional, así como la impunidad en los procedimientos del sistema de justicia, son de vieja data.
Además, de acuerdo con los informes y análisis recientes de los especialistas en la materia, estas vulneraciones al Estado de Derecho son una práctica que se ha mantenido pese al conocimiento del inicio -en el año 2018- del examen preliminar de la CPI por la presunta existencia de delitos de lesa humanidad en el país.