(27 de octubre de 2016. El Venezolano).- La propuesta de realizar elecciones generales en 2017 como solución a la crisis política del país coincide con la reactivación del proceso de relegitimación de los partidos políticos al que deben someterse todos las organizaciones que integran a la Mesa de la Unidad Democrática (MUD)
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ratificó el pasado 21 de octubre todos los partidos políticos nacionales que no se presentaron a las elecciones parlamentarias del 6 de diciembre de 2015 o a las elecciones presidenciales de 2013, o que habiendo participado en los últimos comicios parlamentarios no lograron obtener 1% de los votos lista, tendrán seis meses para cumplir con los requisitos del Consejo Nacional Electoral (CNE) para no ser ilegalizados, perdiendo la oportunidad de solicitar al organismo comicial la realización de elecciones primarias y mucho menos postular candidatos para los próximos comicios.
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Según la interpretación de los magistrados, solo existe renovación automática de la inscripción de un partido político si la organización logró obtener el 1% de los votos válidos emitidos el 6 de diciembre de 2015 en por lo menos 12 de los estados.
Los únicos partidos políticos nacionales que cumplieron con este supuesto fueron la MUD y el Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv). No obstante, distintos integrantes del oficialismo –el último de ellos el gobernador del estado Carabobo Francisco Ameliach– han solicitado al máximo tribunal la anulación de la MUD como organización política. Si los 18 partidos nacionales que integran a la alianza de la oposición (Primero Justicia, Voluntad Popular, AD, Un Nuevo Tiempo, etc) no logran relegitimarse y la MUD es ilegalizada, la oposición no tendría representación política reconocida por el CNE que pueda postular candidatos en los comicios previstos para 2017, ni presentar exigencias políticas, ni técnicas.
Según reseña El Pitazo de acuerdo a un análisis del periodista Eugenio Martínez, experto electoral, el reglamento “Normas para la renovación de nóminas de inscritos de las organizaciones con fines políticos”, consta de 16 artículos, no define taxativamente los lugares en que los partidos políticos deberán realizar la recolección de manifestaciones de voluntad. No obstante, según fuentes asociadas a la presidencia del CNE, este tipo de precisión se tendrá después de que las organizaciones políticas presenten el listado de las 12 entidades en las que renovarán su nómina de inscritos.
La cantidad de militantes que los partidos políticos deben demostrar que poseen al CNE es la siguiente:
Distrito Capital | 8.192 militantes |
Amazonas | 512 militantes |
Anzoátegui | 5.271 militantes |
Apure | 1.645 militantes |
Aragua | 6.019 militantes |
Barinas | 2.767 militantes |
Bolívar | 4.856 militantes |
Carabobo | 7.741 militantes |
Cojedes | 1.183 militantes |
Delta Amacuro | 584 militantes |
Falcón | 3.316 militantes |
Guárico | 2.605 militantes |
Lara | 6.257 militantes |
Mérida | 2.981 militantes |
Miranda | 10.212 militantes |
Monagas | 3.104 militantes |
Nueva Esparta | 1.725 militantes |
Portuguesa | 3.005 militantes |
Sucre | 3.218 militantes |
Táchira | 4.144 militantes |
Trujillo | 2.616 militantes |
Vargas | 1.374 militantes |
Yaracuy | 2.124 militantes |
Zulia | 12.020 militantes |